VISA PARA SERVICIO VOLUNTARIO EN UNA ENTIDAD RELIGIOSA
DE ASISTENCIA SOCIAL O EN ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL (VISA TEMPORARIA
I)
LA VISA NO ES UN DERECHO. ES UNA CONCESIÓN DE UN ESTADO SOBERANO.
Para el trámite de la visa, es necesario marcar
turno accesando el sitio electrónico: 
1) PASAPORTE
con validez futura igual o superior 180 días;
2) UNA FOTO 4 x 4, de frente, fondo blanco. No usar ropa blanca;
3) Llenar el formulario disponible en la página: https://scedv.serpro.gov.br/frscedv/index.jsp.
Imprimir el formulario o anotar el número de protocolo.
4) CERTIFICADO
DE ANTECEDENTES (validez máxima de 90 días) emitido
por la Policía Federal Argentina o por el Registro Nacional de
Reincidencia, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto de la República Argentina.
5) DNI
original, como prueba de residencia en la jurisdicción consular
por el plazo mínimo de un año. El documento no será
retenido por el Consulado.
6) DOCUMENTO que compruebe experiencia
profesional o cualificación compatible con las actividades que
se ejercerán;
7) FOTOCOPIA de todas las páginas
del pasaporte, autenticada y legalizada por el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto de la República Argentina.
B) DE LA INSTTIUCIÓN
6) FOTOCOPIA DEL
ACTA DE CONSTITUCIÓN O ESTATUDO SOCIAL de la entidad,
registrada en el organismo competente;
7) FOTOCOPIA DEL COMPROBANTE de los poderes
de representación legal de sus dirigentes, autenticada en "cartório";
8) COMPROVANTE DE INSCRIPCIÓN en
el "Conselho de Assistência Social" respectivo;
O
8) CERTIFICADO DE CALIFICACIÓN
como organización de sociedad civil de interés público,
expedido por el Ministerio de Justica.
9) DECLARACIÓN caracterizando
el local de la prestación del servicio en la condición de
voluntario y las actividades que serán desarrolladas por el interesado;
10) "TERMO DE RESPONSABILIDADE"
de la entidad por la manutención del interesado durante su estadia
en Brasil y por su regreso al país de origen o de residencia;
11) "TERMO DE RESPONSABILIADE"
por la cual la entidad asume los gastos médicos y hospitalares
del interesado, así como la de sus dependientes, durante su permanencia
en Brasil.
NO SE ACEPTARÁN DOCUMENTOS QUE NO REUNAN
LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
LOS DOCUMENTOS ARGENTINOS, INCLUSIVE FOTOCOPIAS, DEBEN
ESTAR LEGALIZADOS POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DE
LA REPUBLICA ARGENTINA
LOS DOCUMENTOS EXTRANJEROS DEBEN ESTAR LEGALIZADOS POR AUTORIDAD CONSULAR BRASILEÑA EN EL PAIS DE EMISION (EXCEPTO LOS DOCUMENTOS EMITIDOS POR AUTORIDADES FRANCESAS)
LOS DOCUMENTOS NO REDACTADOS EN PORTUGUES, ESPAÑOL, INGLES O FRANCES, DEBEN SER TRADUCIDOS AL PORTUGUES, POR TRADUCTOR PUBLICO EN BRASIL, CON FIRMA LEGALIZADA EN "CARTORIO".
NO SE ACEPTARÁN FOTOS QUE NO SEAN DE FRENTE Y DE FONDO BLANCO. LAS FOTOS ¾ PERFIL, FONDO AZUL NO SERÁN ACEPTADAS.
LA AUTORIDAD CONSULAR PUEDE SOLICITAR DOCUMENTACION ADICIONAL SIEMPRE QUE LO JUZGUE NECESSARIO.
LA VISA SE TRAMITA EN 3 (TRES) DIAS HABILES.
NO SE TRAMITAN VISAS EN CARACTER DE URGENCIA.
TODOS LOS DOCUMENTOS ARGENTINOS, INCLUSIVE FOTOCOPIAS, DEBEN ESTAR LEGALIZADOS POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Para saber el monto del arancel consular, haga click en " Emolumentos/Aranceles ".
El Consulado General no atenderá pedidos de visa sin turno marcado.
La visa se tramita en 72 horas contados a partir de la fecha de pago de los aranceles consulares.
No se tramitan visas en carácter de urgencia.
Si necesita información adicional, escriba a visatemporaria@conbrasil.org.ar
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