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VISAS

ACUERDO DE COOPERAÇÃO INTERNACIONAL, RECONOCIDO POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES PARA TÉCNICOS, PRESTADORES DE SERVICIO, VOLUNTARIOS, ESPECIALISTAS, CIENTÍFICOS E INVESTIGADORES (VISA TEMPORARIA I)

LA VISA NO ES UN DERECHO. ES UNA CONCESIÓN DE UN ESTADO SOBERANO.

Para el trámite de la visa, es necesario marcar turno accesando el sitio electrónico:

Documentación requerida:

1) PASAPORTE con validez futura igual o superior 180 días;

2) UNA FOTO 4 x 4, de frente, fondo blanco. No usar ropa blanca;

3) Llenar el formulario disponible en la página: https://scedv.serpro.gov.br/frscedv/index.jsp.
Imprimir el formulario o anotar el número de protocolo.

4) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES (validez máxima de 90 días) emitido por la Policía Federal Argentina o por el Registro Nacional de Reincidencia, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina.

5) DNI original, como prueba de residencia en la jurisdicción consular por el plazo mínimo de un año. El documento no será retenido por el Consulado.

6) CÓPIA del acuerdo original de cooperación, memorando de entendimiento, protocolo adicional o documento equivalente, en lo cuales se mencione la participación del interesado;

7) Comprobante de capacitación profesional del interesado, que debe coincidir con las actividades que ejercerá en Brasil;

8) CERTIFICADO DE MANUTENCIÓN - o prueba de capacidad financiera - hecho ante Escribano Público y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina. El que firma el compromiso deberá declararse responsable por los gastos de vivienda, alimentación, transporte y demás gastos necesarios para el mantenimiento del interesado durante la estadía en Brasil. Si el compromiso es firmado por el rector de la universidad, la carta deberá ser legalizada por el Ministerio de Educación y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina. Si tiene beca, declaración de otorgamiento de beca expedido por la institución brasileña, con firma legalizada en "cartório".

9) COPIA DEL CONVENIO O DEL ACUERDO DE INTERCAMBIO, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina, para el caso de intercambio entre universidades argentinas y brasileñas.

10) COPIA DEL ACTA DE CONSTITUCION Y “CNPJ” de la entidad de intercambio estudiantil, si la entidad de intercambio es Rotary o AFS.

11) CARTA DE LA INSTITUCION BRASILEÑA declarando la inclusión del interesado en el programa, con firma legalizada en "cartório" (excepto para las universidades federales brasileñas).

12) COMPROBANTE DE MATRICULA en la institución brasileña

NO SE ACEPTARÁN DOCUMENTOS QUE NO REUNAN LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

LOS DOCUMENTOS ARGENTINOS, INCLUSIVE FOTOCOPIAS, DEBEN ESTAR LEGALIZADOS POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DE LA REPUBLICA ARGENTINA

LOS DOCUMENTOS EXTRANJEROS DEBEN ESTAR LEGALIZADOS POR AUTORIDAD CONSULAR BRASILEÑA EN EL PAIS DE EMISION (EXCEPTO LOS DOCUMENTOS EMITIDOS POR AUTORIDADES FRANCESAS)

LOS DOCUMENTOS NO REDACTADOS EN PORTUGUES, ESPAÑOL, INGLES O FRANCES, DEBEN SER TRADUCIDOS AL PORTUGUES, POR TRADUCTOR PUBLICO EN BRASIL, CON FIRMA LEGALIZADA EN "CARTORIO".

NO SE ACEPTARÁN FOTOS QUE NO SEAN DE FRENTE Y DE FONDO BLANCO. LAS FOTOS ¾ PERFIL, FONDO AZUL NO SERÁN ACEPTADAS.

LA AUTORIDAD CONSULAR PUEDE SOLICITAR DOCUMENTACION ADICIONAL SIEMPRE QUE LO JUZGUE NECESSARIO.

LA VISA SE TRAMITA EN 3 (TRES) DIAS HABILES.

NO SE TRAMITAN VISAS EN CARACTER DE URGENCIA.

TODOS LOS DOCUMENTOS ARGENTINOS, INCLUSIVE FOTOCOPIAS, DEBEN ESTAR LEGALIZADOS POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Para saber el monto del arancel consular, haga click en " Emolumentos/Aranceles ".

La visa temporaria I concedida en pasaporte argentino (ciudadanos argentinos) es gratuita para:

a) cursar estudios de graduación o posgraduación en en el ámbito de programas de intercambio de instituciones gubernamentales y no-gubernamentales oficialmente reconocidas en Brasil;

b) realizar actividades de investigación en establecimientos de enseñanza o universidades oficialmente reconocidas en Brasil.

EL TRAMITE ES PERSONAL. SI LA VISA ES TRAMITADA POR TERCEROS, LA AUTORIDAD CONSULAR PUEDE EXIGIR LA PRESENCIA DEL INTERESADO.

El Consulado General no atenderá pedidos de visa sin turno marcado.

La visa se tramita en 72 horas contados a partir de la fecha de pago de los aranceles consulares.

No se tramitan visas en carácter de urgencia.

Si necesita información adicional, escriba a visatemporaria@conbrasil.org.ar


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Prêmio Pontos de Memoria 2011



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