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VISAS

CORRESPONSAL DE DIARIO, REVISTA, RADIO, TELEVISIÓN O AGENCIA NOTICIOSA EXTRANJERA (Visa Temporaria VI)

LA VISA NO ES UN DERECHO. ES UNA CONCESIÓN DE UN ESTADO SOBERANO.

Para tramitar la visa, es necesario marcar un turno accesando el sitio electrónico:

Si usted fue designado como corresponsal de diario, revista, radio, televisión o agencia noticiosa extranjera en Brasil, usted debe solicitar una visa temporaria VI. La concesión de dicha visa depende de consulta al Ministerio de Relaciones Exteriores del Brasil.

PARA LA CONSULTA:

A) CARTA DE LA EMPRESA a la cual pertenece el profesional comunicando la designación como corresponsal extranjero en Brasil y que compruebe que sus ingresos serán integralmente pagados en el exterior (fuera de Brasil). La carta deberá contener:

- Nombre completo;
- Fecha y lugar de nacimiento;
- Nacionalidad;
- Filiación;
- Número del pasaporte, validez y lugar de expedición;
- Estado civil (si es casado, informar los mismos datos del cónyuge e hijos)
- Tiempo de permanencia en Brasil.

B) Después que la autorización: el nombre del interesado es incluido en la página web del Consulado: http://www.conbrasil.org.ar/CONSBRASIL/visas.asp

REQUISITOS PARA OBTENCIÓN DE LA VISA:

1) PASAPORTE con una validez futura igual o superior a 180 días.

2) UNA FOTO 4x4 de frente, fondo blanco. No usar ropa blanca.

3) Llenar el formulario disponible en la página:
https://scedv.serpro.gov.br/frscedv/index.jsp.

Imprimir el formulario o anotar el número de protocolo.

4) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES (validez máxima de 90 días) emitido por la Policía Federal Argentina o por el Registro Nacional de Reincidencia, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina.

5) DNI original, como prueba de residencia en la jurisdicción consular por el plazo mínimo de un año. El documento no será retenido por el Consulado.

NO SE ACEPTARÁN DOCUMENTOS QUE NO REUNAN LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

LOS DOCUMENTOS ARGENTINOS, INCLUSIVE FOTOCOPIAS, DEBEN ESTAR LEGALIZADOS POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DE LA REPUBLICA ARGENTINA

LOS DOCUMENTOS EXTRANJEROS DEBEN ESTAR LEGALIZADOS POR AUTORIDAD CONSULAR BRASILEÑA EN EL PAIS DE EMISION (EXCEPTO LOS DOCUMENTOS EMITIDOS POR AUTORIDADES FRANCESAS)

LOS DOCUMENTOS NO REDACTADOS EN PORTUGUES, ESPAÑOL, INGLES O FRANCES, DEBEN SER TRADUCIDOS AL PORTUGUES, POR TRADUCTOR PUBLICO EN BRASIL, CON FIRMA LEGALIZADA EN "CARTORIO".

LA AUTORIDAD CONSULAR PUEDE SOLICITAR DOCUMENTOS E INFORMACIONES ADICIONALES SIEMPRE QUE LO JUZGUE NECESARIO.

El Consulado General no atenderá pedidos de visa sin turno marcado.

La visa se tramita en 72 horas contados a partir de la fecha de pago de los aranceles consulares.

No se tramitan visas en carácter de urgencia.

Para saber el monto del arancel, haga click en: Arancel consular

Si necesita información adicional, envie un e-mail a: visatemporaria@conbrasil.org.ar

 


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Prêmio Pontos de Memoria 2011



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